Hoy en día estamos viviendo en una época sin precedentes para nuestra generación. La crisis de este año ha forzado al gobierno y entidades privadas a tomar medidas únicas para poder manejar este nuevo escenario mundial. Dentro de las medidas tomadas por ambos actores, han habido algunas erradas y algunas correctas. En un escenario de alta incertidumbre y pocos puntos de referencia, es aceptable esperar un ratio de éxito menor al 100% en las acciones propuestas y ejecutadas. Por ejemplo, más que esperar que el gobierno tome la decisión correcta a la primera, deberíamos de esperar que sus medidas sean bien intencionadas y que aprendan de sus errores rápido para evitar llenarnos de decisiones incorrectas.
Estas decisiones, tanto privadas como públicas, tienen efectos directos en nuestras inversiones y ahorros. Entender que decisiones están siendo tomadas por el gobierno y estimar el posible impacto de estas decisiones en nuestro portafolio de inversión/ahorro es clave para poder salir de esta época de turbulencia financiera y de altísima incertidumbre de forma exitosa.
Específicamente para Perú, una de las últimas medidas propuestas por el congreso con el objetivo de “ayudar a los que lo necesitan” es el congelamiento del pago de crédito por 3 meses. Esta polémica medida, aprobada por la comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, tiene el potencial de generar un fuerte impacto en nuestras inversiones / ahorros y en el sistema financiero en general.
En este artículo, explicaremos la norma que aprobó la comisión el congreso, los principales factores a considerar en esta situación y, finalmente, daremos algunas recomendaciones para ahorristas / inversionistas. Espero que les sirva para navegar estos tiempos difíciles para las finanzas de muchos de nosotros.
1) ¿Qué viene a ser el congelamiento de deudas?
El congelamiento de deudas, definido por el congreso, establece, entre otras cosas, un periodo de gracia de 90 días en el que se permite el no pago de: capital, cualquier tipo de interés compensatorio, moratorio y cualquier tipo de penalidad o comisión para diferentes tipos de préstamos para personas. Adicionalmente a esto, la norma permite el refinanciamiento de deudas a 5 años a más, prohibiéndose expresamente el incremento de la tasa compensatoria pactada en el contrato original, es decir, permite un mayor plazo del préstamo sin una mayor tasa de interés. Este último punto contradice con la teoría economía que nos dice que, ante el mismo riesgo, un mayor plazo amerita una mayor tasa de interés, por lo cual este segundo elemento también perjudica las instituciones financieras.
Según el dictamen, estos criterios se aplican para créditos de consumo, personales, tarjeta de crédito, crédito vehicular, hipotecario sin tomar en cuenta la calificación financiera del deudor. Es decir, la gran mayoría de préstamos para personas. Finalmente, la norma aprobada excluyó a créditos dados por las cajas municipales, cajas rurales, microfinancieras (EDPYME) y cooperativas. Adicionalmente, en la versión aprobada por la comisión, se excluye de ser beneficiarios de este dictamen a los trabajadores en planilla que mantengan su condición el 14 de marzo.
En simple, están permitiendo que, por ejemplo, si tienes un crédito hipotecario, por 90 días no vas a tener que pagar el capital ni los intereses (y los intereses no van a capitalizar durante ese periodo). Además, dan la facilidad para financiar el saldo de tu deuda a 5 años a más sin tener en consideración tu nivel crediticio. Como se menciona arriba, el objetivo de esta norma, como la plantea el congreso, es ayudar financieramente a las personas que más lo necesitan durante este periodo de crisis, disminuyendo su carga financiera.
¿Qué dice la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS)?
La SBS (principal ente regulador del sistema financiero), mencionó que, si el dictamen se aplica, los bancos no asumirán las pérdidas de sus ahorristas. Según lo que comentan, si la iniciativa de reprogramar deudas genera pérdidas, no se les podría pedir que protejan a los ahorros de público. Específicamente, menciono que al comprometer el capital de las instituciones se pone en riesgo los ahorros de hasta 6 millones de personas. Es decir, la SBS rechaza la norma por el potencial impacto que puede tener en la estabilidad financiera del país y menciona un potencial riesgo para los ahorristas si se llega a ejecutar.
2) ¿Cómo afecta el congelamiento de deudas al sistema financiero?
Ante estas dos posiciones, es importante detenernos a entender cómo funcionan la mayoría de los jugadores del sistema financiero y por qué los ahorros de muchas personas pueden ser perjudicados. La mayoría de las empresas del sistema financiero realizan la mayor cantidad de sus utilidades por la diferencia entre la tasa de interés que ellos tienen que pagar por conseguir dinero (depósitos, emisión de instrumentos de deuda) y la tasa que reciben por prestar dinero (prestamos bancarios). Por ejemplo si una entidad financiera recibe un deposito en el que paga 2% y utiliza ese dinero para invertirlo en un préstamo en el que cobra 10%, el 8% (10% – 2%) representaría la ganancia para la entidad financiera.
El impacto del dictamen en las entidades financieras se puede interpretar de dos formas: Primero, si una entidad financiera deja de recibir ingresos por parte de sus préstamos y tiene que pagar la tasa de interés necesaria para conseguir fondos (por ejemplo, la tasa de interés de los depósitos de los ahorristas), va a ver una disminución en sus utilidades por la menor cantidad de ingresos mientras que sus costos se mantienen estables.
Segundo, el valor de los préstamos el día de hoy será menor por la extensión de los plazos. Por ejemplo, entre un préstamo a 1 año y a 5 años del mismo monto y mismo riesgo, el préstamo a un año va a tener un valor mayor por el valor del dinero en el tiempo, manteniendo la tasa de interés constante. Llevándolo al extremo, si la norma presentada por el congreso se aplica, el valor de los préstamos de los bancos va a disminuir. En teoría, si el valor de las fuentes de dinero del banco (pasivos), como son los depósitos, termina siendo mayor que el valor de los activos del banco, como son los préstamos, la empresa se encontraría en quiebra.
Las crisis como la del COVID por definición ya causan un fuerte impacto en las entidades financieras, incrementando las tasas de morosidad, refinanciamiento y el no pago de los préstamos. La norma propuesta por congreso estresa adicionalmente la situación de estas entidades, disminuyendo las utilidades que ellos reciben y reduciendo el valor de sus activos.
En el Perú, las entidades permitidas para obtener depósitos a la vista y depósitos a plazo y de ahorro vienen a ser las empresas definidas como bancos, financieras y cajas. Estas empresas, al tener ahorros de las personas, son a las que se refería la SBS al mencionar el riesgo de que los ahorristas pierdan su dinero si es que llegan a quebrar. En la norma aprobada por el congreso, se excluyen cajas y microfinancieras dentro de la norma, por lo cual los impactos mencionados arriba no recaen en estas entidades.
Sin embargo, esto no libera a estas entidades de un potencial estrés financiero ya que, usualmente estas entidades se prestan entre ellas, por lo cual la quiebra de una entidad financiera puede afectar a la situación de las otras (similar pero no igual a lo que ocurrió con los bancos en EE.UU. en el 2008). Además, estas entidades (cajas rurales y microfinancieras), son comúnmente las más vulnerables ya que suelen dar prestamos más riesgosos y se enfocan a personas que son mas vulnerables en un escenario como el actual, por lo que situaciones de estrés financiero como estas pueden tener un gran impacto en ellas.
La SBS ha realizado una estimación del impacto del proyecto de ley propuesto por el congreso en las utilidades en las entidades del sistema financiero. Este análisis asume el proyecto inicialmente propuesto para el congreso, el cual incluía 4 meses de gracia para la mayoría de las entidades del sistema financiero (la norma aprobada incluye solo 3 meses de gracia para algunas entidades del sistema financiero). La reducción de utilidades, para los bancos sistémicos, cajas municipales y resto de entidades es de 187%, 929% y 494%, respectivamente. Esto quiere decir que los bancos sistémicos, si bien impactados duramente, estarían en la capacidad de asimilar el impacto. Sin embargo, para el resto de las entidades financieras la situación sería mucho más difícil. Si bien la nueva norma excluye a las cajas municipales y trabajadores en planilla, las financieras siguen siendo afectadas en la nueva norma, por lo cual el riesgo para el sistema financiero sigue siendo alto.
3) ¿Debería de retirar mis ahorros de las entidades financieras?
Hay diversos motivos por los cuales retirar tus ahorros de las entidades financieras no es una buena opción y en las siguientes líneas explicaremos los principales.
3.1) Fondo de seguro de depósito (FSD) protege tus ahorros
El estado peruano, en su objetivo de preservar la estabilidad financiera del país, creo en 1991 el FSD. Este fondo, en simple, sirve para cubrir las cuentas de los ahorristas en caso alguna entidad financiera quiebre por cualquier escenario. El fondo al cierre del ejercicio del 2019, reportó activos por S/. 4,703 millones lo cual le daba una ratio de reserva de 4.39%, que viene a ser el ratio de total de recursos en el FSD (dinero disponible para cubrir las cuentas de los ahorristas) entre la cantidad total de depósitos asegurados.
¿Quiénes son protegidos? Los protegidos por esta entidad, para la mayor cantidad de tipos de depósitos, son las personas naturales y las personas jurídicas sin fines de lucro. Específicamente para las personas naturales, el fondo cubre capital e intereses de los siguientes instrumentos: Cuentas corrientes, cuentas a plazo, cuentas de ahorro, depósitos CTS, depósitos en garantía, depósitos para cuotas iniciales, plan progresivo de depósitos, retenciones judiciales, certificados de depósitos no negociables y compra de futuros de moneda extranjera. Para las personas jurídicas con fines de lucro solo se cubre, específicamente, los ahorros en depósitos a la vista.
El FSD funciona exclusivamente para ahorros colocados en empresas miembros del fondo. Puedes ver la lista actualizada de los miembros del fondo aquí. El FDS cubre hasta S/. 100,058 de los ahorros por persona en cada empresa miembro del fondo. Por ejemplo, si tus ahorros totales son de S/. 180,000 y los tienes depositados en dos entidades financieras que son miembro del FDS, específicamente, S/. 90,000 en depósitos en una entidad y S/. 90,000 en otra entidad, ambos montos se encuentran protegidos en su totalidad ya que no individualmente no llegan a S/. 100,058.
¿Cómo funciona? Si la entidad financiera quiebra, la SBS se encargará que la empresa en quiebra remita al FDS la relación de los asegurados cubiertos. El FSD iniciara los pagos, en un plazo no mayor a 10 días hábiles de recibida la relación, en una nueva cuenta de alguna otra entidad financiera miembro del FSD. Si el asegurado tiene deudas con la entidad en proceso de liquidación, solo se abonará el saldo a favor. Cabe mencionar que el depositante no necesita inscribirse para contar con el derecho al FSD. Con el simple hecho de ahorrar en una cuenta de alguna entidad miembro, se encuentra automáticamente asegurado.
El FSD tiene experiencia en esta clase de situaciones y a la fecha ha cumplido de manera exitosa en más de 15 situaciones de este tipo. Específicamente, en diciembre del 2019 la SBS intervino a Financiera TFC y se requirió la participación del FSD mediante el pago de la cobertura de depositantes asegurados por un total de S/. 552 millones. En este caso, el FSD atendió rápidamente y la intervención se realizó el 12 de diciembre y los pagos a los depositantes se iniciaron el 16 de diciembre (4 días después).
Es importante mencionar que el FSD no solo cumple con el rol de pagar a los depositantes asegurados. También, tiene un rol preventivo, en el que el FSD puede instaurar un régimen de vigilancia en entidades que, si bien no se encuentran en quiebra, se encuentran en una situación vulnerable.
En resumen, el FSD es una herramienta que asegura la estabilidad financiera en el país y protege a los ahorristas en caso una empresa quiebre. Adicionalmente, el FSD y la SBS tienen mecanismos para impedir que una entidad del sistema financiero llegue al punto de quiebra, como es la intervención de empresas en situación vulnerable.
3.2) Riesgo de corrida bancaria empeoraría la situación
El riesgo de corrida bancaria representa la situación en la que, por el pánico generado por la potencial insolvencia de un banco, los clientes retiran su dinero de sus cuentas, agravando la situación de la institución aún más. El FSD fue creado específicamente para evitar esta clase de situaciones, dándole la confianza a los ahorristas que su dinero está protegido. Sin embargo, en los últimos días, la opción de retirar ahorros de instituciones financieras suena más que antes en redes sociales. Esta clase de especulación le hace daño al sistema financiero y por ende a la economía nacional, de la cual todos somos parte.
3.3) Las tasas de interés en la economía están disminuyendo
Finalmente, las tasas del sistema financiero han venido disminuyendo en los últimos meses, algo común en un escenario de crisis como el que nos encontramos actualmente. Al momento de reinvertir tus excedentes retirados del sistema financiero, probablemente los termines invirtiendo en activos que rindan menos. Las tasas de depósitos hoy en día son menos a las de inicios de este año y es posible que esta situación se mantenga.
4) Recomendaciones
Una vez habiendo entendido la norma propuesta por el gobierno, los mecanismos mediante los cuales la normal puede impactar al sistema financiero y las razones por las cuales no es una buena idea retirar tus fondos del sistema financiero, podemos elaborar 3 recomendaciones clave:
- Coloca tus ahorros en cuentas protegidas por el FSD y debajo del máximo asegurado por entidad: Con los últimos cambios en la norma, si bien existe un riesgo para el sistema financiero, este riesgo es menor al estimado inicialmente por la SBS (las empresas más vulnerables están excluidas). Es importante aprovechar el seguro que provee el FDS, invirtiendo solo en entidades protegidas y como máximo S/. 100,000 por entidad.
- Confía en el sistema y evita el pánico: Si bien, muchos de nosotros vemos preocupados algunas de las decisiones tomadas por el congreso. He podido ver de primera mano la calidad de los profesionales en otras entidades (especialmente en entidades financieras/económicas) como son el BCRP, MEF y SBS. Estas entidades están trabajando arduamente para mantener nuestra estabilidad económica y financiera en una época tan difícil. Me atrevo a decir que en estas tres entidades estamos en buenas manos por lo que nos queda a nosotros como peruanos e inversionistas en confiar en el sistema y en las personas detrás del mismo.
- Toma con seriedad las próximas elecciones presidenciales y congresales: El proyecto de ley propuesto inicialmente por el congreso, si bien se vende como una forma de ayudar a los más vulnerables en esta crisis, no deja de ser completamente irresponsable, cortoplacista y equivocado. El proyecto propuesto inicialmente tenía el potencial de afectar de forma severa la estabilidad financiera de nuestro país y la cultura crediticia que nos ha tomado tantos años cultivar. Adicionalmente, las empresas financieras más pequeñas, es decir, las que son las únicas fuentes de acceso al crédito a los más necesitados serian de las más afectadas. Es nuestro deber como ciudadanos, votar a conciencia para evitar que problemas como el que tenemos actualmente se repitan en el futuro.
5) Conclusiones y reflexiones
El COVID-19 ya está causando un fuerte impacto en el sistema financiero por la alta morosidad, así como por las reprogramaciones de deudas. Como lo menciono la SBS, la creación de la norma de congelamiento de deudas puede tener un fuerte impacto en el sistema financiero: “Una moratoria en el pago de préstamos personales o congelamiento de intereses asfixia a las entidades financieras dependientes de este tipo de préstamos, incentivando inclusive a los que venían pagando a que dejen de hacerlo. Aplicar este tipo de medidas, moratorias en el pago de cualquier tipo de obligación, si bien da alivio a los deudores del sistema financiero en el corto plazo, termina de romper la cadena de pagos, haciendo que la recesión sea aún más profunda y de consecuencias nefastas para la sociedad en su conjunto. Además, no se podrían continuar con los esfuerzos de incluir a más peruanos en el sistema financiero”.
Sin embargo, a pesar de la norma propuesta por el congreso, retirar nuestros ahorros del sistema financiero no es la solución correcta por tres motivos principales: (1) el Fondo de Seguro de Depósito protege a los ahorristas en el caso que una entidad financiera quiebre y ha sido creado para afrontar situaciones como la actual y situaciones similares en el pasado. (2) El riesgo de corrida bancaria podría incluso empeorar la situación, afectando al sistema financiero, a la economía y a todos los peruanos que nos encontramos dentro de ella. (3) El escenario de tasas futuros probablemente obligue a los inversionistas a reinvertir sus depósitos en tasas menores a las que tienen en sus depósitos actuales. En resumen, retirar nuestros fondos terminaría perjudicándonos a nosotros de manera individual y al sistema financiero como un todo.
Finalmente, para afrontar esta situación damos 3 recomendaciones finales: (1) Invierte en entidades protegidas por el FSD y debajo del máximo permitido por entidad (2) Confía en el sistema y evita el pánico y (3) toma con seriedad las próximas elecciones presidenciales. Espero que este artículo te haya sido de utilidad para tomar tus próximas decisiones de ahorro/inversión. Si tienes alguna consulta adicional o una opinión diferente respecto al tema, por favor déjalo en los comentarios.
3 comentarios en “Congelamiento de deudas en Perú: ¿Retiro mi dinero?”
Tengo entendido que los que recibieron préstamos como el FAE Mype y Reactiva Perú no podrán acceder a este beneficio.
Hola Milagros,
Gracias por tu comentario. Los comentarios de la SBS fueron para la norma inicialmente propuesta por el congreso. La norma que se menciona en el articulo esta es menos agresiva y, si bien tendria un impacto en el FSD, no es lo suficientemente grande para generar el riesgo mencionado en tu comentario.
Adicionalmente, ayer se aprobo un nuevo dictamen del congreso en el que se deja lado la norma mencionada en este articulo por lo cual tu ahorros se encuentran en bajo riesgo.
https://gestion.pe/economia/congreso-deja-de-lado-el-congelamiento-de-deudas-ahora-busca-que-no-se-generen-cargos-adicionales-noticia/?ref=gesr
Gracias!
Gonzalo
Hola! Muy buen articulo, sin embargo me queda una duda. En el diario El Peruano la Sra.Heysen, Superintendente de la SBS mencionó lo siguiente: “Si bien recordó que el sistema financiero protege los ahorros de las personas por un monto de S/100 mil, el problema, señala Heysen, es “que el fondo de seguro tiene recursos limitados en el contexto de que haya un cierre masivo de entidades”. En este sentido, si el fondo del seguro tiene recursos limitados, aún sigue siendo recomendable dejar nuestros ahorros en los bancos? Gracias.
fuente: https://elperuano.pe/noticia-sbs-advierte-26-entidades-financieras-podrian-quebrar-proyecto-para-congelar-pago-deudas-97292.aspx